Orquestar dónde acaban mis derechos y empiezan los tuyos no sería una tarea tan difícil si no fuera porque cada vez interesan menos tanto los unos como los otros. Organizar los tiempos de trabajo en las empresas acorde con una vida digna en lo personal y familiar de las personas trabajadoras debería ser una ocupación principal de los recursos humanos de las empresas y su gestión.
La Reforma Laboral impuesta por el gobierno de la nación refuerza el contrato a tiempo parcial como modelo para la conciliación de la vida de las mujeres, principales adjudicatarias de esta modalidad contractual, lo cual conlleva la percepción de menores cotizaciones y prestaciones, menores salarios, y pocas posibilidades de promoción, etc. Ahora si, se añade una trampa más que es la obligación de realizar horas extras no cotizables para el desempleo, requiriéndose del personal una disponibilidad total que impide cualquier planificación personal del resto de horas no contratadas.
Asimismo la modificación sustancial de las condiciones de trabajo por razones técnicas y económicas ataca directamente a la jornada de trabajo, pudiendo ser objeto de modificación en un 10%, y afectando también al horario, a la distribución del tiempo de trabajo, a los turnos, a la remuneración y a las funciones.
Otro recorte en materia de conciliación viene dado por las modificaciones en relación a la reducción de jornada, que ya no podrá hacerse ni en cómputo anual, ni mensual, ni semanal, ésta última la más demandada. Tan sólo podrá ejercerse a modo de reducción de la jornada diaria, sin solventarse así, en la mayoría de los casos, el objeto problemático que hubiera llevado a la trabajadora o al trabajador a querer hacer uso de la misma. Y pongo por caso la no prestación por ley de la posibilidad de reducir la jornada semanal de lunes a viernes, para hacerme cargo de mi hijo el sábado. La jornada debe reducirse diariamente, debiendo acudir al trabajo el sábado y percibiendo menor salario, y sin quedar resuelto el problema de conciliación. Cualquier mejora ha de ser objeto de negociación con la empresa.
Este claro empeoramiento del panorama laboral ha venido a escena cuando estábamos aún sin resolver cómo hacer factible los derechos de conciliación de unas personas sin restar estos mismos derechos en las otras. Y me sirve de ejemplo el sector que concierne al turismo, al comercio y a la hostelería, con mayoría de turnos rotatorios. Los derechos de conciliación deben ejercerse forzosamente resolviendo cuestiones de prioridad, a través de una baremación adecuada a la situación concreta de la empresa en relación a las demandas de conciliación, situación que debe ser revisable en todo momento. La liberalización de los horarios comerciales que pone en marcha el gobierno acentuará aún más los problemas de conciliación de la vida laboral, familiar y personal.
La doble jornada laboral que asumen tantísimas mujeres constituye un lastre para su desarrollo profesional. Los usos del tiempo diferenciados por sexo, la ausencia de un compromiso social por parte del empresariado, y la falta de una red adecuada de servicios públicos que garanticen la compatibilización de la esfera pública y privada, prevalecen como grandes obstáculos para hacer efectiva la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en el mercado de trabajo.
El gobierno y las organizaciones empresariales que mandan no debieran olvidar que los derechos conseguidos por la clase trabajadora son fruto de una larga e intensa lucha sindical y no milagros de la buena economía, y sobre todo que esta clase trabajadora está mejor formada que nunca.
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