¿Qué harías si tuvieras una niña de 5 años, le pidieras a tu empresa reducir la jornada y poder elegir horario para cuidar de ella pero se negaran a atender tu solicitud?
Tienes dos opciones: o aguantarte o denunciar. En ese dilema se encuentran muchas trabajadoras que deciden denunciar amparándose en la ley de igualdad por ahora vigente. Eso es lo que le ha pasado a una trabajadora de Almería de uno de los sectores donde la conciliación de la vida familiar y laboral resulta más complicado, el sector del comercio.
Pero ¿qué harías si, encima una vez que denuncias, la jueza entre otros argumentos transcribe éste en la sentencia: “la actora no ha acreditado que sea viuda o que no haya un padre que se pueda hacer cargo de la niña, asimismo pueden existir familiares o jóvenes adolescentes que por un bajo coste se presten a realizar funciones de canguro”?
Si lo primero es para indignarse, esto segundo es para “cortarse las venas o directamente dejárselas largas”.
En UGT Andalucía no nos lo podíamos creer nadie, desde el abogado que defendió el caso, pasando por Juan, el compañero responsable del sector de comercio que nos remitió la sentencia, hasta la Secretaría de la Mujer al completo.
Una vez que la vía jurídica se agota (la sentencia es firme y no cabe recurso) queda la denuncia pública. Así que hemos difundido esta sentencia, de la que se han hecho eco muchos medios de comunicación. También el catedrático de la Universidad Autónoma de Barcelona, Eduardo Rojo la ha comentado, con un análisis muy interesante en su blog.
No es para menos. Cuando una cree que está siendo víctima de una injusticia, pues pone el asunto en manos precisamente de “eso”: la justicia. Siempre se va con el riesgo de ganar o perder, pero ¿esto no es demasiado?
¿Qué se quiere decir cuando se habla de que jóvenes adolescentes por un bajo coste se presten a realizar funciones de canguro?
Primero, creyendo en un estado social y de derechos para todas las personas que conforman la ciudadanía, independientemente del poder adquisitivo, mi apuesta es que haya servicios públicos que cubran necesidades como ésta.
Segundo, pongamos que se apuesta por el sector privado (para quienes puedan permitírselo) ¿Lo de “cangurear” no debería ser un trabajo digno, por ejemplo llamado "servicio doméstico"? Por cierto, que este es un derecho que los sindicatos hemos conseguido a base de mucha pelea.
Tercero, la adolescencia creo, igual me equivoco, como mucho llega hasta los 17 años. A partir de los 18 se es "mayor de edad"… ¿no está prohibido el trabajo de menores salvo excepciones y con permiso de sus tutores a partir de los 16?
En cualquier caso, incluso hasta los 19, que en algunos consideran aún adolescencia… lo del bajo precio me cuesta creerlo. Supongo que está referido a un contrato de trabajo regular con seguros sociales, cotizaciones, convenio colectivo... Porque lo contrario sería economía sumergida, ¿no? eso que pretendemos evitar y sacar a la luz en tiempos de crisis ¿verdad?
A los jóvenes ya los mandaron a Laponia
a buscar trabajo,
¿nos mandarán ahora a las mujeres a Australia
a buscar canguros?
APL
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